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Colombia · INS · Red de Donación y Trasplantes

Donar en Colombia

Colombia opera bajo la Ley 1805 de 2016, que establece la presunción legal de donación: toda persona es donante al fallecer, salvo que haya expresado lo contrario en vida

En 2025 se realizaron 1,361 trasplantes. 4,123 personas esperan un órgano, de las cuales 3,328 esperan riñón (febrero 2026)

Cifras clave de Colombia

Trasplantes 2025

1,361

de órganos (INS, cierre febrero 2026)

Lista activa

4,123

personas en espera (3,328 de riñón)

Tasa 2024

7.4 pmp

donación efectiva; estimación 2025: 8.0 pmp

Donantes 2025

400

+ 1,335 trasplantes + 10,000+ tejidos

Fuente: INS Colombia · Consultor Salud

El sistema público

Cómo funciona la donación en Colombia

Ente rector y ley

El Instituto Nacional de Salud (INS), a través de la Coordinación Nacional de la Red de Donación y Trasplantes, coordina la red colombiana. La Ley 1805 de 2016 y el Decreto 2493 de 2004 son el marco legal. La ley introduce la presunción legal de donación: toda persona es donante al fallecer por muerte encefálica, salvo manifestación expresa en vida.

La familia debe ser informada y la manifestación de oposición debe estar documentada. Por eso sigue siendo fundamental que tu familia conozca tu voluntad.

Qué dice exactamente la ley

  1. 1

    Todos los colombianos son donantes al momento de fallecer, salvo que hayan expresado su oposición en vida

  2. 2

    Si quieres oponerte: dejalo registrado ante el INS o a través de la EPS

  3. 3

    Las IPS están obligadas a notificar al INS ante un posible donante

  4. 4

    La distribución se rige por criterios médicos objetivos: compatibilidad, urgencia, antigüedad en lista

Donación en vida

Donación renal y hepática en vida

El programa "Educación desde la cuna" del INS busca hablar del tema desde la familia. La donación en vida está consolidada

Requisitos del donante

  • Mayor de 18 años, capacidad legal
  • Parentesco hasta 4º consanguíneo o 2º civil, cónyuge, compañero permanente
  • Apto médica, psicológica y socialmente
  • No emparentados: requiere autorización del INS y resolución de compatibilidad

Cobertura y protección

  • Cobertura vía EPS; atención integral pre y post donación
  • EPS y ARL cubren la incapacidad
  • Protección normativa equivalente a otros países de la región
  • Prohibida cualquier compensación económica

Centros principales

Hospitales con programas de alta complejidad y años de experiencia en Colombia

Fundación Cardioinfantil — LaCardio

Bogotá · Programa consolidado de trasplante renal, hepático y cardíaco · 20 años de actividad

Hospital San Vicente Fundación

Rionegro, Antioquia, y Medellín · Programa de trasplante hepático y renal

Fundación Valle del Lili

Cali · Centro de alta complejidad

Fundación Santa Fe de Bogotá

Bogotá · Hospital universitario con programa de donación y trasplante acreditado

Hospital Pablo Tobón Uribe

Medellín · Centro de referencia en Antioquia

Testimonio institucional

La fuerza de la conversación familiar

"Cuando una persona ha manifestado su deseo de donar, la probabilidad de que la familia lo respete aumenta hasta en un 90%. Fomentar conversaciones en el hogar sobre este tema es una herramienta poderosa para reducir las negativas familiares" — Colombiana de Trasplantes SAS, enero 2026

La Conferencia Episcopal de Colombia (2017) respaldó oficialmente la donación: "Donar un órgano no contradice la doctrina católica… es provida y es una obra de caridad y amor hacia quien necesita un órgano" — Monseñor Juan Vicente Córdoba Villota. El programa "Educación desde la cuna" (INS + Ministerio de Educación) busca instalar el tema en las familias desde edades tempranas

Material oficial

El INS publica balances periódicos y materiales de campaña

Ver balance oficial de trasplantes →

Hablá con tu familia

En Colombia, la ley presume tu voluntad de donar. Pero la mejor forma de asegurarlo es hablarlo con quien te rodea. También puedes explorar las historias de personas que han vivido el proceso

Fuentes verificadas

Esta página resume información pública del INS Colombia y la Ley 1805 de 2016. Las decisiones médicas y legales son tuyas y de tu equipo de salud